Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho ABG. DANESIA DEYANIRA PEDRA VEGAS, en su carácter de defensora publica décima séptima ordinario en fase de procesos del estado La Guaira, del ciudadano GRIMALDI ENRIQUE JIMENEZ TOVAR, titular de la cedula de identidad N° V-24.902.695, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 03 de Abril de 2019, mediante la cual declaró SIN LUGAR LA SOLICITUD DE NULIDAD DEL ACTO DE RECONOCIMIENTO EN RUEDA DE INDIVIDUOS, realizado en fecha 18 de marzo de año en curso, en virtud que el referido Juzgado, en fecha .....