CONFIRMA la decisión dictada en fecha 18 de septiembre de 2013, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Municipal y Estadal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le DECRETÓ LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado RONALD DANIEL TOLEDO ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-19.796.179, WILBER DANIEL RIVAS BOLIVAR, titular de la cédula de identidad N° V-20.191.709 y JOSE GREGORIO HERNANDEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.195.745, el primero de los mencionados por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal y a los dos últimos como COMPLICES NO NECESARIOS en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto en el artículo 406 numeral 1, en relación con el artículo 84 numeral 1 ejusdem, modificando así el grado de participación de los precitados ciudadanos en estos hechos, en perjuicio del ciudadano Héctor Cedeño Acosta,.....