Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictó el siguiente pronunciamiento: se DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 15 de Noviembre de 2019, mediante la cual CONDENO a los ciudadanos ROMMEL EDUARDO ROJAS SUBERO, titular de la cédula de identidad N° V-11.063.276, ADRIAN ALFREDO LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-20.561.261 y ALEXIS ORLANDO PAEZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V-24.427.602,a cumplir la pena de VEINTICINCO (25) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley .....