ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARIA MUDARRA, en su carácter de Defensora Pública Primera Penal de las imputadas ROMELIA LINARES ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº V-25.175.303, y YELIMAR LINARES ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº V-25.175.301, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 06 de marzo de 2013, mediante la cual IMPUSO en contra de las mencionadas imputadas las Medidas Cautelares Sustitutivas previstas en el artículo 242 numerales 5 y 6 del texto adjetivo penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES EN RIÑA, tipificado en el artículo 413, en el concordancia con el artículo 425, ambos del Código Penal