Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho DRES. OSCAR HERNANDEZ y JESMAY COROMOTO REGALADO, en su carácter de Defensores Privados de los ciudadanos MICHAEL JOSE GONZALEZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V-17.154.836, FELIX ALDEMARO ROJAS PALENCIA, titular de la cédula de identidad N° V- 13.159.567, EMILIO JOSE AGUILAR GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 7.991.255 y WILMER ELPIDIO FUENTES CHACON, titular de la cédula de identidad N° V-16.507.314, , contra la decisión dictada en fecha 21 de Mayo de 2021 por .....