DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones Accidental en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 447 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del Derecho Dr. FELIX E. GUEVARA T., y Dr. FERNANDO A. GUEVARA M., en su carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana MARITZA ELENA FONTANA URBINA, quien se atribuye condición de víctima en el presente caso, en contra del fallo dictado en fecha 04 de noviembre de 2014, por el Juzgado Cuarto Itinerante de Primera Instancia Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual DECLARO CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscal Primera del Ministerio Público y DECRETO EL SOBRESEIMIENTO.....