REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control de la Sección Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por considerar que no están dados los supuestos legales contenidos en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.