1) Se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo a la libertad y la seguridad personales incoado por el profesional del derecho ANDRES ALFREDO PUGA ZABALETA, actuando en su carácter de defensor del imputado EDDUAR EMILIO PLAZA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.481.633, contra la Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función de Control de este Circuito Judicial, por violación, según alegó, del derecho a la libertad personal contemplado en el artículo 44, ordinal 1°, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
2) Declara INADMISIBLE, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 1, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, presente ación de amparo.