acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Juicio Circunscripcional de fecha 14/02/2012, mediante la cual condenó al ciudadano MIGUEL ANTONIO HERNANDEZ ARIAS, titular de la cédula de identidad N° V-23.212.600 a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma TRECE (13) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRÁFICO EN MODALIDAD DE TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 462 en relación con la parte infine del artículo 467, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las accesorias previstas en artículo 178 numerales 1, 2 y 4 de la Ley Orgánica de Drogas, las cuales consisten en la pérdida de la nacionalidad venezolana, a la expulsión del territorio de la República Bolivariana de Venezu.....