DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión dictada el 22/11/2016, por el Tribunal Tercero en función de Juicio Circunscripcional, mediante la cual declaró CON LUGAR la solicitud de prórroga de la medida de coerción interpuesta por el Ministerio Público, por el lapso de TRES (3) AÑOS, contados a partir del 1 de Octubre de 2016, conforme con lo establecido en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al acusado EDWARD JESUS YARAURE GONZALEZ, identificado con la cedula Nº V-18.756.697, a quien se le sigue proceso por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JHONATHAN DE SOUSA LOZANO.....