DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Dr. DOUGLAS JOSE PEÑA ROSALES, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos BRAYAN ALEXANDER COLMENARES PEREZ, CARLOS EDUARDO MONTOYA CAICEDO, JHONY JOSE HIDALGO, JOSE MIGUEL TORREALBA MONTOYA, y SOTO MERLO HERBERT DANIEL titulares de las cédulas de identidad N° V- 26.968.984, V- 19.796.195 V- (INDOCUMENTADO) V- 22.279.120 y V- 19.797.070, respectivamente, en contra de la decisión emitida en fecha 30 de Marzo de 2019, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los referidos ci.....