acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio Circunscripcional de fecha 15-11-2013 mediante la cual condenó al ciudadano RODOLFO JOSE CUBEROS BUSTAMANTE, titular de la cédula de identidad N° V-13.908.091, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION y en su lugar se rebaja la misma a DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, igualmente se le condena a cumplir las penas accesorias de ley, a saber, la confiscación del boleto aéreo y el dinero decomisado al momento de la aprehensión, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 178 numeral 4 de la Ley Orgánica de Drogas y la dispuesta en el artículo 16 del Código Penal. Se le exonera al pago de las costas procesales, de conformidad con los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Ven.....