CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control de la Sección Adolescente de este Circuito Judicial Penal, en fecha 16 de septiembre de 2019, mediante la cual decretó LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los adolescentes YENDER ALEJANDRO VALIENTE DÍAZ, identificado con la cédula Nº V-27.859.949 y JOSÉ ABRAHAM BETANCOURT NUÑEZ, identificado con la cédula de identidad N° V-31.201.172, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 y 83 ambos del Código Penal, LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, ello en virtud de encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.