DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 02 de julio de 2015, mediante la cual se DECLARO SIN LUGAR LA MEDIDA PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, a la ciudadana NATHALY ALICIA ALBORNOZ, identificada con el número de identidad V-6.515.416, por la presunta comisión de los delitos de VIOLACIÓN DE DOMICILIO, HURTO CALIFICADO Y PROHIBICION DE HACERSE JUSTICIA POR SI MISMO, previsto y sancionado en los artículos 183, 453, numeral 1 y 270 todos del Código Penal, ello en virtud de encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 236 del Código Or.....