declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación interpuesto por el Abogado RICARDO JOSE MESSINA PACHECO, en su carácter de Defensor Público Décimo Penal de los ciudadanos IVAN JESUS TORO GONZALEZ, ELVIS TERWIN RAMOS SOLORZANO y FRIGERARD ANTONIO PERRERA IDLER, titulares de las cédulas de identidad Nº (s) 22.040.153, 20.482.414 y 19.842.542 respectivamente, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de Agosto de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual les decretó a los precitados ciudadanos la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal, al primero de los mencionados por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 con las circunstancias agravantes del articulo 6 numerales 1, 2, 3, 10 y 12 de la.....