CONFIRMA la decisión dictada en fecha 12 de agosto de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado ORANGEL JHONATAN DURAN ESCALONA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.507.990, pero por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1, en concordancia con el artículo 424 ambos de Código Penal, en perjuicio de quienes en vida se llamaran ALEXIS PEREZ PEREZ y D.S.R., y HOMICIDIOS CALIFICADOS CON ALEVOSIA FRUSTRADOS EN RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1, en relación con los artículos 80 y 424 todos de Código Penal, en perjuicio de los adolescentes R.C.O.J., y C.J.R.R., ello por encontrarse satisfechos los extremos exigidos en los artículos 236 y 237 ambos del Código Orgánico Proces.....