ANULA la sentencia dictada en fecha 28 de Noviembre de 2002, por el Juzgado Segundo en Función de Juicio de este Circuito Judicial, mediante La cual acordó CONDENAR al ciudadano OSWALDO ENRIQUE CABELLO ESTANGA a cumplir la pena de Doce (12) Años de Prisión y Accesorias de ley, por la comisión del delito de COMPLICIDAD NECESARIA EN EL TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en relación con el último aparte del articulo 84 del Código Penal.