ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JUAN CARLOS GOYO, en su carácter de Defensor Público Séptimo Penal Ordinario en Fase de Proceso, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de enero de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le DECRETÓ LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano ALBERSON JOSE ROQUE TORRES, titular de la cédula de identidad número V-20.668.697, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIOS INTENCIONALES EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos y sancionados en el artículo 405, en concordancia con el segundo aparte del artículo 80, ambos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos VIERA DAVILA CARLOS ALFREDO, VIERA GONZALEZ CARLOS JESUS, RICARDO ANTONIO DAVILA ANGARITA y uno de apellido MEZA.