CONFIRMA la decisión pronunciada el 26 de julio de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial, en la cual LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a los ciudadanos JUAN CARLOS SCIPIONE VOLPE, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.983.428, y LUIS JOSE COVA BARRETO, titular de la cedula de identidad Nº V.-20.192.182, por la presunta comisión de los delitos INVASIÓN, AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 471-A y 286 ambos del Código Penal, y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por no estar satisfecho el requisito exigido en el numeral 2 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensa Pública.