En consecuencia, se acuerda el cambio de nombre solicitado en el libelo, a cuyo efecto se ordena oficiar lo conducente a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Carayaca, quien, a su vez, hará lo propio al Registro Principal competente, con el objeto de que se estampe la nota marginal en el acta de nacimiento que cursa en el vuelto del folio 6, bajo el Nº 12 del Libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por esa Autoridad Civil durante el año 1925, dejándose constancia de que la ciudadana BIBIANA a que se refiere dicha acta, en lo sucesivo tendrá por nombre SILVIA.