Este Tribunal declaró SIN LUGAR la declaratoria de incompetencia de este Tribunal solicitada por el ciudadano Larry Alexander Guerrero Peña; IMPROCEDENTE la solicitud de que este Tribunal se pronuncie respecto al régimen de visitas del padre a la niña y, por último, NIEGA la solicitud de exequátur planteada en relación a la sentencia dictada el 7 de diciembre de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia de Aruba, relacionada con la solicitud de adopción de la niña cuyo nombre se omite en este dispositivo para dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, incoada por los ciudadanos Erika Beatriz Pirela Galué y Jesús Ramón Chacón Ríos en contra del ciudadano Larry Alexander Guerrero Peña