Este Juzgado Superior en lo Civil, declara CON LUGAR la apelación interpuesta contra el auto dictado por la Juez Unipersonal Nº 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 1 de marzo del año actual, que declaró sin lugar la oposición a la medida cautelar decretada en el juicio, el cual se revoca.