En el caso bajo análisis, para la fecha en que fue presentada la demanda, es decir, el 06 de abril de 2017, posterior a la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de justicia, en consecuencia, la cuantía para acceder a casación debe exceder a las tres mil unidades tributarias (3.000 UT), evidenciándose de las actas procesales que la presente demanda fue estimada en la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES ( Bs. 50.000.000,00), que para la precitada fecha equivalían a CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CON SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS (166.666 U.T.), de conformidad con la Gaceta Oficial Nº 39.361, de fecha 04/02/2015, cantidad mayor a la establecida en la precitada Ley, circunstancias éstas que motivan se declare ADMITIDO el recurso intentado. Así se establece.