Se decreta medida de embargo sobre treinta y seis (36) mensualidades, a razón de (Bs. 244.456,60), cada una, por el equivalente al monto que devengue el obligado para la fecha de la culminación de la relación laboral, cualquiera que sea su causa, todo de conformidad con lo dispuesto en literal c) del artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Ver Texto de la Sentencia