Este Juzgado Superior Civil del Estado Vargas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la ley, NO ADMITE el expediente enviado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en fecha 20 de octubre de 2008 y ordena que el mismo le sea devuelto a dicho Tribunal para que se pronuncie sobre su propia competencia para conocer del fondo del asunto involucrado en la demanda de indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito.