Este Juzgado Superior en lo Civil, CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, en fecha 2 de marzo del presente año, en la solicitud de amparo constitucional incoada por ASOCIACIÓN CIVIL UNIÓN DE CONDUCTORES LOS CORALES VALLE DEL PINO. Por la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.