Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el querellado contra la decisión pronunciada en fecha 6 de febrero de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial.
En consecuencia, se dejó sin efecto la decisión del a quo que consideró que el querellado se hallaba enterado de la causa por el hecho de haber solicitado en dos oportunidades el expediente en el archivo del Tribunal, a pesar que tal actuación no constaba en autos. Igualmente se dejaron sin efecto las actuaciones relacionadas con la promoción de pruebas, cursantes a los folios 178 al 188, por cuanto tales actuaciones probatorias no están previstas para los procedimientos de la naturaleza del que se siguió.
Se confirmó la decisión dictada por el Tribunal de la causa en fecha 6 de febrero de 2007, mediante la cual se ordenó "de forma inmediata la paralización de la obra así como cualquier otro tipo de co.....