Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada por la ciudadana GLADYS MERLO DE HIDALGO, a tal efecto se ordena enviar copia certificada de esta decisión a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas Del Estado Vargas y al Ciudadano Registrador Principal del Distrito Metropolitano, a fin que sirvan estampar la nota marginal respectiva en la partida de nacimiento previamente determinada, así: Donde se lee "GLADIS", debe decir "GLADYS", que es lo correcto. Así se decide.