Se dicta Resolucion Interlocutoria que declara: Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA la TRANSACCIÓN JUDICIAL, propuesta por el Abogado OMAR ARTURO SULBARAN DAVILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.419, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y la Abogada SONIA GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 211.137, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE ESTABLECE.-