Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extemporánea por tardía la oposición a la admisión de las pruebas promovidas por la parte demandada, formulada por los abogados KATHERINE JIMENEZ y LUIS RIGOBERTO ZABALA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 118.401 y 118.402, respectivamente, apoderados judiciales de la parte actora. Así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia de la presente decisión