Instruida como ha sido la presente solicitud, y tomadas la declaración a los testigos ciudadanos JOSE ARCADIO DELGADO CAMPOS y JOSE LUIS COLMENARES GONZALEZ presentados por la ciudadana VICENZA GUCCIARDI DE CARADONNA, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud al solicitant