Se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento presentado por el Abogado JAIME E. POLEO C., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 69.114, en su carácter de Apoderado Judicial de l parte actora ciudadano JULIO CESAR RAMIREZ FRANCO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-13.218.968, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los artículos 263, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.