SE DECLARA: PRIMERO: SUSPENDER la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha veinte (20) de marzo de 2002, sobre el bien inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa en el construida, ubicada en la calle Real de Pariata N° 91, Parroquia Maiquetía Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy Estado Vargas), la cual tiene una superficie de CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (182 Mts 2), cuyos linderos son: NORTE: Calle real que conduce a Caracas; SUR; Calle que conduce al cementerio; ESTE. Con casa que es ó fue de Pedro Torres y OESTE: Con casa que es ó fue de Carmen Alonso, dicho inmueble pertenece al demandado antes mencionado según documento debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Estado Vargas, en el tercer trimestre de 1.998, bajo el N° 30, Protocolo Primero, Tomo 13. Así se establece. SEGUNDO: La SUSPENSIÓN o DECAIMIENTO del embargo ejecutivo practicado en fecha siete (7) de abril de 2006, y q.....