Instruida como ha sido la presente solicitud y tomadas la declaración de los testigos ciudadanos ASDRUBAL PANTOJA YANEZ Y CARLOS EDUARDO GOMEZ BLANCO , presentados por el ciudadano GONZALO DANIEL DIAZ GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.878.661, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a la solicitante