Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito y Agrario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Vargas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa en razón de la materia de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: Declina la Competencia para el Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Vargas que corresponda conocer por distribución. TERCERO: Se ordena librar oficio dirigido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, remitiendo el presente asunto.