Por las consideraciones que anteceden este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, declara:
PRIMERO: Decreta la Interdicción Provisional de la Ciudadana CARMEN ELOISA FUENTES GARCÌA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.711.481, domiciliada en el Bloque 11, Residencia Libertador, Piso 4, Apartamento 03, Urbanización 10 de marzo, Parroquia Raúl Leoni, Estado Vargas.
SEGUNDO: Se designa como tutor interino al ciudadano: JESUS RAFAEL FUENTES GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-801.833, en su condición de padre de la presunta entredicha. Notifíquese al designado, a los fines de su aceptación y juramento de ley. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena expedir copia certificada del presente decreto a los fines de su registro y publicación.
TERCERO: Notifíquese a la Fiscal.....