Ahora bien, por ser el presente caso de jurisdicción voluntaria y no ordenar la devolución causaría un daño a la solicitante por falta del cumplimiento de la ley por parte del abogado asistente Elio Mustiola y en vista que la devolución fue solicitada por dicha ciudadana, asistida por abogado distinto, se ordena la misma, en consecuencia de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a la solicitante.-