Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA la Transacción judicial, realizada por el ciudadano NÉSTOR ADOLFO DÍAZ NÚÑEZ, en su carácter de parte demandada y la abogada KATHERINA BLANCO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-