Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el escrito de Transacción, suscrito por las profesionales del derecho WILDA ANAID CORDERO PEREZ Y ANA HORTENCIA ALMEIDA PAREDES, inscritas en el Inpreabogado bajo los números: 42.317 y 52.447 respectivamente, en su carácter de apoderadas judicial de la parte demandante y por
La parte demandada, el ciudadana JUAN CARLOS COELLO, debidamente asistido por el Dr. OSWALDO GRILLO GOMEZ, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-