Se decreta: PRIMERO: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales correspondientes a la ciudadana: DAYANARA DEL VALLE ALFONSO TRIAS, titular de la cèdula de identidad No. 12.7l5.393, en la empresa mercantil FALCON AIR, donde se desempeña como Auxiliar de a Bordo, cuyo càlculo deberá hacerse desde el dìa: Trece (l3) de Octubre de l995, fecha en la cual se iniciò la comunidad de gananciales, hasta el dìa veintisiete (27) de Marzo del presente año, fecha esta en la que culminó la comunidad conyugal, como se desprende de la copia certificada de la sentencia de divorcio antes citada,.-
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre el cincuenta por ciento (50%) de los haberes de la Cuenta Corriente No. 475-101248-2, que posee la ciudadana: Para el cumplimiento de las medidas decretadas, se ordena librar oficio al Gerente de la Empresa Mercantil, FALCON AIR participándole lo acordado y para el embargo del cincuenta por ciento.....