Se declara: PRIMERO: CON LUGAR la Pretensión Constitucional intentada, ordenando al agraviante, ciudadano ARMINDO AMARO CAMACHO MANICA, permita la entrada libre y la participación activa del ciudadano MIGUEL ANGELO FERNÁNDEZ DA SILVA, Director, Gerente y Accionista, en los manejos internos de la empresa DISTRIBUIDORA EL 93 C.A, y en tal sentido debe abstenerse de ejecutar actos o girar instrucciones que impliquen obstrucción, intromisión, limitación o menoscabo en el libre desenvolvimiento de las actividades de la empresa y consecuencialmente proceda a reintegrar de forma inmediata al agraviado en el ejercicio de sus funciones en la precitada Sociedad Mercantil, so pena de incurrir en el delito de desacato a la autoridad. Así se establece. SEGUNDO: Se condena en Costas al agraviante, conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide.