Se DECRETA Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble distinguido como una parcela de terreno con Bienhechurias con cabida aproximada de Un Mil Ocho metros cuadrados con treinta y cinco decímetros cuadrados (1.008,35 M2), ubicada en la calle los Baños, (antes Boulevard Ballenilla), entre la esquina de calle el Cristo y Avenida Soublette, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, dicho inmueble se encuentra ubicado a 37,00 metros de carreteras y Boulevard Ballenilla con 15,05 metros cuadrados de frente y fondo hasta una acequia que existió con longitud de 67,00 metros cuadrados y sus linderos son NORTE Y ESTE: Con terrenos que son o fueron de Juan Bautista Padrón; SUR: Con casa que es o fue del General Víctor Rodríguez y OESTE: Con Boulevard Ballenilla, hoy propiedad de los ciudadanos GONZALO PEREZ CONTRERAS Y FRANCISCO LEODORO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, antes identificada.