en virtud de todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Acción Reivindicatoria incoada por la ciudadana DORIS PILAR RAMIREZ QUINTANA, representada por su apoderado PASCUAL ELIO NAPOLETANO LA CRUZ, contra la ciudadana MICHELY ROQUETT SUAREZ. Así se declara. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora.