De conformidad con el auto de admisión dictado en el cuaderno principal se abre el presente cuaderno de medidas, solicitada como ha sido por la parte demandante, Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre el inmueble consistente en un apartamento distinguido con el número 0001, piso planta baja, que forma parte del Edificio Bloque N°. 12, ubicado en la Urbanización Armando Reverón, sector Guaracarumbo, Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, con una superficie aproximada de Ochenta y Tres metros cuadrados con Ochenta decímetros (83,80 Mts2), dotado de Salón comedor, cuatro (4) dormitorios, una (1) sala de baño, un área de cocina y lavandero, un área de balcón y comprendido dentro de loa siguientes linderos: PISO: Con terreno donde se levanta el edificio; TECHO: Con piso del apartamento N°. 0102; NORTE: Con la fachada norte del edifico y área verde; SUR: Con pared común que da al apartamento N°. 0002; ESTE: Con área verde del edifico y OESTE: Con área verde del edifico, .....