Por las consideraciones que anteceden este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por que por COBRO DE BOLÍVARES interpuso JUAN JOSE ROJAS FLORES contra RUBEN DARIO MAYORA MAYORA, todos plenamente identificados al comienzo de este fallo. En consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Se condena a pagar a la parte demandada la cantidad de TRES MILLONES SETECIENTOS MIL BOLIVARES SINCENTIMOS (Bs. 3.700.000,00), cantidad correspondiente al monto liquido de las letras de cambio demandadas. Asimismo, se condena a pagar los intereses calculados al cinco por ciento (5%) anual, el derecho de comisión de un sexto por ciento (1/6%) del principal de las letras de cambio demandadas, conforme a lo establecido en el artículo 456 del Código de Comercio y los intereses vencidos de.....