es por lo que este Tribunal dejando a salvo los derechos de tercero, lo declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE, para asegurar la posesión o algún derecho de los solicitantes, ciudadanos VICTOR JOSE SALAZAR, EFREN JOSE SALAZAR, HERNAN CASIMIRO SALAZAR Y LUIS ALBERTO SALAZAR, titulares de la cedula de identidad Nros. V- 1.451.770, V-2.903.371, V-2.832.081, 4.047.618, sobre las bienhechurías objeto de la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.