SE DECLARA INCOMPETENTE EN RAZON DE LA MATERIA para conocer la presente acción de amparo constitucional y DECLINA SU CONOCIMIENTO EN EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CENTRAL, con sede en la ciudad de Caracas al que se acuerda remitir el presente expediente con oficio, de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.