Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano RICHARD ARTURO RODRIGUEZ ORTEGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N°V-7.660.861 contra los ciudadanos AIDELYS KARINA MUÑOZ CORONADO y FRANK IBRAHIM SPITTIAR RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.636.174 y V-17.155.090, y en virtud de ello ORDENA: PRIMERO: Se le restituya en el inmueble que ocupaba, ubicado en la Parroquia Catia la Mar, sector Mamo Abajo, El Desagüe, calle Los Jabillos, casa Nro. 22 (parte alta), Municipio Vargas del estado Vargas, dentro de un lapso máximo de Noventa y Seis (96) hora.....