Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con sede en Maiquetía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción mero-declarativa de concubinato incoada por el ciudadano CARLOS LUIS DELGADO, titular de la cedula de identidad N° V-3.364.146, en contra de los ciudadanos YILDE MADEINE OLIVO HERNANDEZ, REINA YORLENYS LUIS HERNANDEZ, MILDRED YORELYS LUIS HERNANDEZ, CARLOS ANDRES LUIS HERNANDEZ y SERGIO VIDAL LUIS HERNANDEZ, titulares de la cédula de identidad números V-11.058.643, V.-11.643.493, V-11.643.494, V-17.960.080 y V-23.565.787, respectivamente, en referencia a la existencia de la unión estable de concubinato que mantuvo con la de cujus, ciudadana REINA HERNANDEZ, desde el 20 de Septiembre del año 1993 hasta el 03 de Agosto Del año 2012.