Instruida como ha sido la presente solicitud y tomadas las declaraciones de los testigos ciudadanos GALVANI FRANCISCO ACOSTA ROSARIO Y JORGE CEDEÑO IZAGUIRRE, presentados por la ciudadana AIDA ESCOBAR DE GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.608.778, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a la solicitante